Alba Mendoza nos cuenta hoy algunos de los conceptos e ideas que se plantearon a lo largo del taller:
· Los Agentes, tanto Municipales como Nacionales como Antidisturbios han de identificarse si el ciudadano lo solicita: con el carnet de profesional (donde viene su nº oficial), con el número de tréboles y con el número de matrícula de la lechera de la que se han bajado. El número que llevan a la espalda no vale para nada.
· El derecho a manifestarse está por encima de la obligación de notificación de una concentración o manifestación. Los únicos requisitos para que no te sancionen son: que sea pacífica, que no sea destructiva. Si no se tiene intención de cortar el tráfico no es necesario notificar.
· Detención preventiva (sólo puede ser llevada a cabo por policías):
-Tiene que haber posible delito, no vale con faltas
-Duración máxima de 72h aunque su duración es la mínima necesaria hasta esclarecer los hechos.
-El detenido tiene derecho a permanecer en silencio y declarar sólo ante el juez. También tiene derecho a un abogado de confianza y si no se le asignará uno de oficio.
-Es aconsejable llevar el Nombre y Teléfono de un abogado de confianza o uno de la plataforma organizadora de la manifestación. Mejor si es pintado en el brazo ya que te desposeen de tus pertenencias. Importante que sea el nombre Y el teléfono pero el número de colegiado no hace falta ya que ellos lo pueden consultar.
-Es aconsejable pedir un médico forense que examine posibles lesiones lo antes posible para que quede constancia de todo lo que pueda pasar después. Si existen dolores te tienen que llevar al hospital.
· Moratalaz: Brigada Provincial de Información:
-Te quitan tus pertenencias y los cordones
-Tienes derecho a una llamada para informar de que estás detenido. Al abogado lo llaman ellos.
-Te tienen que informar de por qué, en qué circunstancias y quién te ha detenido.
-Huellas+fotos/médico forense/abogado
-Si existe alguna duda sobre lo que pone en los papeles, no firmar!
-Interrogatorio en “el cuarto”: si la situación no mola atenerse al derecho a no declarar. Importante intentar no perder la noción del tiempo, ni la compostura ni el ánimo, aunque a veces es difícil.
-El Habeas Corpus sólo es aconsejable cuando se está totalmente seguro de que la detención es totalmente legal ya que te ponen a disposición judicial directamente y si se resuelve en que fue legal tienes que empezar el proceso desde el principio.
-En la diligencia de declaración tiene que estar siempre presente un abogado.
· Disposición judicial: en Plaza de Castilla:
-Lo primero es la entrevista con tu abogado.
-Vistilla: la puede pedir la parte acusadora y no se debe pedir a no ser que sea estrictamente necesario.